La OA está a cargo de un Fiscal Anticorrupción, que dirige y ejerce el control de todo lo actuado por este organismo de control. Puede solicitar informes, requerir información, documentación y antecedentes a cualquier organismo público municipal, provincial o nacional y a personas físicas o jurídicas públicas o privadas, pudiendo solicitar la realización de allanamientos o el auxilio de las fuerzas policiales de la provincia. Evalúa y controla el contenido de las declaraciones juradas de los agentes públicos. Ejerce la representación de la OA en las causas en las que intervenga el organismo en el ámbito de la Justicia. Formula recomendaciones y asesora a los distintos organismos púbicos provinciales a fin de evitar la comisión de hechos de corrupción o irregularidades funcionales que afecten el correcto desenvolvimiento del Estado. Tiene la potestad de suscribir convenios con organismos municipales para que puedan adherir a las competencias de la Ley I – N°267