Los Delegados Regionales tienen como función llevar adelante la investigación de los hechos denunciados y que involucren a los agentes públicos con arreglo al procedimiento instituido en la Ley I-267, bajo la supervisión e instrucciones del Fiscal Anticorrupción, estando habilitados para librar oficios, requerimientos, pedidos, dictar resoluciones y/o en general todo trámite necesario para la tramitación y culminación de los expedientes a su cargo.
Los Delegados Regionales también pueden constituirse como parte querellante en los procesos que afecten el patrimonio estatal, dentro del ámbito de su jurisdicción y competencia, pudiendo desempeñar dicho rol el Delegado Regional o quien el Fiscal Anticorrupción designe a tal efecto.